El diputado de Pueblo Nuevo, Daniel Robledo, propuso
mediante un proyecto de ley una reforma electoral que establece la paridad de
género en la conformación de listas de candidatas/os para cargos públicos
electivos y en órganos colegiados de la provincia de La Pampa.
El proyecto dispone que la participación política equitativa
se regirá por el principio de paridad, que implica que todas las listas de
titulares y suplentes estén integradas por un cincuenta por ciento de mujeres y
un cincuenta por ciento de hombres.
El texto explica que si bien la igualdad es un derecho
consagrado por las distintas legislaciones, aparece limitado a su enunciado, ya
que no se verifica en la vida cotidiana, en los ámbitos laborales, políticos y
sociales.
En 1991 se sancionó la ley Nº 24012, que modificó el
artículo 60 del Código Electoral Nacional. La norma dictaminó que las listas
para elecciones por cargos electivos nacionales estén conformadas por al menos
un 30 % de mujeres. La ley provincial Nº 1593, por su parte, incluyó legalmente
la reforma nacional.
El proyecto impulsado por el legislador Daniel Robledo
advierte que la Ley de Cupos vigente en nuestro país se ha interpretado no como
un mínimo para mejorar, sino como un tope máximo.
“La realidad indica que hay mucho por hacer en cuanto a
equidad de género, se debe empezar justamente por donde se motoriza la igualdad
que es en la política. Es fundamental avanzar en políticas públicas que lleven
al logro de la igualdad de género”, declaró el diputado.
Y añadió: “La paridad en las listas es una medida definitiva
que reformula la concepción del poder político, redefiniéndolo como un espacio
que debe ser compartido igualitariamente entre hombres y mujeres”.
Un proyecto semejante aprobado en Buenos Aires
El Senado bonaerense aprobó la semana pasada por unanimidad
la ley de paridad de género, presentada por el Frente Renovador. Si el proyecto
es sancionado también por la Cámara baja, los partidos de la provincia de
Buenos Aires deberán presentar listas con igual número de hombres y mujeres en
las elecciones de 2017. El FR explicó en el texto de la ley: "El género
del candidato estará determinado por su DNI, independientemente de su sexo
biológico".
Malena Galmarini, referente del partido y promotora del
proyecto, dijo en diálogo con los medios: "Logramos instalar el debate
sobre paridad en la Argentina, porque la sociedad entiende que es necesario
garantizar la igualdad en la política para que exista paridad en la vida. ¿Por
qué se cuestionó tanto la idoneidad de las mujeres, si nunca se hizo lo mismo
con los hombres? No se plantea el cupo masculino porque los hombres no han sido
postergados en la participación política".
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