El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, dio algunos detalles
de cómo será la operatoria. Se podrá destinar el 20% del salario a la compra de
divisas y habrá un límite de u$s2000 por mes. Confirmó que quienes depositen
los fondos por al menos un año no pagarán la percepción de 20 por ciento.
Publicarán los nombres de quienes accedan al sistema.
El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y el titular de la
AFIP, Ricardo Echegaray, revelaron algunos detalles de cómo será la nueva
operatoria a partir de la cual los trabajadores registrados podrán acceder al
mercado oficial de dólares para comprar billetes con fines de ahorro.
Según se informó, podrán adquirir divisas extranjeras los
contribuyentes en relación de dependencia, autónomos y monotributistas que
ganen el equivalente a dos salarios mínimos por mes, es decir, 7200 pesos. Para
ello, los trabajadores deberán pedir autorización en la página de la AFIP, que
hará un cálculo en relación a los ingresos declarados de los contribuyentes.
Los funcionarios anunciaron que los contribuyentes podrán
destinar hasta el 20% de sus ingresos habituales para comprar dólares al tipo
de cambio oficial. En el caso de los trabajadores de más altos ingresos, no
podrán comprar más de u$s2000 por mes. La fórmula está publicada en el sitio de
la AFIP, que se cayó mientras el jefe de ministros hablaba en Casa de Gobierno.
Así, un trabajador que gana $10 mil por mes, podrá comprar
250 dólares. Uno que gana $20 mil, accederá hasta 500. Y para adquirir el
límite de u$s2000 cada 30 días, hay que percibir al menos 80.000. La rueda de
prensa comenzó con la confirmación -en boca de Capitanich- de una normativa que
hoy por la mañana se había anunciado a través del Boletín Oficial: el recargo
del 20% no se aplicará a quienes compren dólares y los dejen depositados en un
plazo fijo por el plazo de un año.
Luego el jefe de Gabinete precisó que podrán acceder a la
compra de dólares para tenencia y ahorro "todos los trabajadores
registrados en relación de dependencia, autónomos o monotributistas inscriptos
en la AFIP, en función del ingreso mensual, habitual y permanente".
Sobre la venta de divisas para el turismo y para gastos de
tarjetas de crédito y débito en el exterior, Capitanich señaló que se mantendrá
la modalidad que se venía aplicando (el recargo del 35%), "en virtud del
éxito que ha tenido para el turismo receptivo e interno".
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